Después de Roe, un estatuto anterior a Roe prohibiría el aborto a menos que fuera necesario para preservar la vida de la mujer. Sin embargo, el Tribunal de Reclamaciones de Michigan prohibió permanentemente la ley en septiembre de 2022, por lo que actualmente el aborto solo está limitado después de la viabilidad. En noviembre de 2022, los votantes de Michigan aprobaron una enmienda a la constitución estatal para agregar un “derecho fundamental a la libertad reproductiva, que implica el derecho a tomar y ejecutar decisiones sobre todos los asuntos relacionados con el embarazo”, incluido aborto.
Michigan todavía tiene protecciones de consentimiento informado, incluido un período de reflexión de 24 horas, la oferta de una ecografía y consentimiento paterno para menores de 18 años. En 2021, la Cámara de Representantes y el Senado aprobaron resoluciones que afirman el derecho a la vida de todo niño no nacido. La Cámara de Representantes también declaró el 13 de mayo como Día de Concientización sobre Recursos para el Embarazo a partir de 2021. Michigan tiene alrededor de 100 centros de recursos para el embarazo que brindan servicios que afirman la vida a mujeres y familias.
Michigan tiene un sistema de selección judicial popular, con candidatos nominados por la convención del partido que se presentan a una elección general sin indicar una afiliación partidista. De acuerdo a Conscienciopedia, la Corte Suprema de Michigan tiene tres jueces designados por un gobernador republicano, un juez fue designado por un gobernador demócrata y tres jueces fueron seleccionados en una elección no partidista.
Desafortunadamente, la gobernadora reelecta Gretchen Whitmer es una abierta defensora del aborto. Ella, junto con Planned Parenthood, presentó una demanda alegando que la ley de Michigan anterior a Roe es inconstitucional. En 2021, la partida del gobernador Whitmer vetó partes del presupuesto estatal para eliminar millones en fondos para actividades provida, incluidos los centros de recursos para el embarazo.
El proyecto Unsafe de AUL descubrió numerosas citaciones en informes de inspección. Los centros de aborto fracasaron sistemáticamente en esterilizar los instrumentos médicos, capacitar al personal y asegurar y registrar los medicamentos. También hubo numerosos traslados de emergencia de pacientes a los departamentos de emergencia de los hospitales.
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Datos breves sobre el aborto en Michigan
- El aborto es legal en Michigan.
- Las píldoras abortivas químicas podrían estar reguladas más estrictamente en Michigan.

Las leyes provida de Michigan en todo el espectro
Americans United for Life promueve el derecho humano a la vida en todo el espectro de cuestiones que enfrenta la dignidad de la persona humana. El análisis integral de AUL de las leyes estatales de Michigan sobre la vida humana abarca todo el espectro de cuestiones de la vida, desde el aborto hasta las protecciones de salud y seguridad, el consentimiento informado del paciente, los derechos de conciencia y la bioética.
Clave de las leyes provida de Michigan
- Sí, Michigan tiene esta ley y se puede hacer cumplir.
- Michigan cuenta con esta ley, pero actualmente no está en vigor debido a litigios.
- No, Michigan no cuenta con esa ley.
- No aplicable
- Estar determinado
Enmiendas constitucionales y estatutos estatales
Americans United for Life cubre amplias leyes provida en esta sección. Esto incluye tanto enmiendas constitucionales estatales como estatutos estatales diseñados para proteger la vida humana no nacida. FOCA/RHA (o Leyes de Libertad de Elección/Leyes de Salud Reproductiva) son leyes diseñadas para consagrar y expandir el aborto y los negocios de aborto.
- Enmienda constitucional que prohíbe el derecho al aborto
- Enmienda constitucional que impide la financiación estatal del aborto
- Ley condicional que prohíbe el aborto cuando se anula Roe
- Prohibición del aborto anterior a Roe que entrará en vigor cuando se revoque Roe
- FOCA/RHA, codificando el derecho al aborto en la ley estatal
Protecciones gestacionales y procesales madre-hijo
Los Estados pueden proteger tanto a la madre como al niño limitando el aborto según la edad gestacional o prohibiendo métodos de aborto espantosos. Esta categoría también incluye requisitos de atención vital para un niño nacido vivo después de un aborto, y requisitos de salud y seguridad para una mujer que se somete a un aborto químico.
- Protecciones gestacionales por edad/semana para niños no nacidos
- Atención médica básica para niños nacidos vivos durante intentos de aborto
- Prohibición del aborto por nacimiento parcial (D&X)
- Prohibición del aborto por desmembramiento (D&E)
- Prohibición del aborto por telemedicina
- Seguimiento programado con paciente por complicaciones de pastillas abortivas
Protecciones contra la discriminación prenatal (PRENDA)
Cada vez más estados promulgan leyes para proteger a los fetos de abortos eugenésicos por motivos de género, discapacidad o raza. Algunos estados brindan recursos que reafirman la vida de las familias que reciben un diagnóstico de una posible anomalía genética como el síndrome de Down, para que sepan que recibirán apoyo.
- Protección contra la discriminación por razón de género
- Protección contra la discriminación por diagnóstico prenatal
- Protección contra la discriminación por motivos de raza
- Recursos que afirman la vida proporcionados por el estado para padres y familias
Leyes de consentimiento informado
Muchos estados exigen que la mujer dé su consentimiento informado para un aborto, lo que mantiene el aborto en un estándar similar al de otros procedimientos médicos. Estas protecciones incluyen la divulgación de la naturaleza y los riesgos de un procedimiento de aborto, la realización de una ecografía para fechar el embarazo y permitir que la mujer conozca a su hijo no nacido si así lo desea, y el tiempo para que la mujer reflexione sobre esta grave decisión.
- Consentimiento informado básico para madres en materia de aborto
- Firma del paciente o confirmación escrita del consentimiento informado del proveedor.
- El paciente recibe información/sitio web de consentimiento informado patrocinado por el estado.
- Periodo de reflexión (24 horas) protegiendo el discernimiento y la elección de la madre
- Se requiere una ecografía para darle a la madre la oportunidad de conocer a su hijo
- Información sobre los riesgos del procedimiento de aborto.
- Información sobre la posibilidad de atención de reversión de la píldora abortiva
Informes sobre abortos en datos de salud pública
Los requisitos de presentación de informes garantizan que el gobierno y el público tengan una visión integral del aborto en el estado al tomar decisiones importantes de política pública. Estos datos incluyen información básica sobre casos de aborto, la edad gestacional del feto abortado, datos demográficos, tipo de procedimiento y complicaciones.
- Informes básicos sobre casos de aborto
- Los informes sobre abortos incluyen datos sobre la edad gestacional
- Los informes sobre abortos incluyen información demográfica
- Los informes de aborto incluyen el tipo de procedimiento.
- Informe de complicaciones
- Los datos anonimizados/agregados se ponen a disposición del público.
- Los datos anonimizados/agregados se envían a los CDC.
Derechos de los padres y protección de los menores
Los estados protegen a una menor que está considerando abortar al involucrar a sus padres en su decisión que cambiará su vida, pero también brindan pautas para evitar judicialmente la participación de los padres cuando sea necesario. Otras leyes incluidas en esta sección son las leyes de refugio seguro que crean un camino seguro para entregar a un bebé y prevenir el abandono infantil, y la difusión de información sobre cuidados paliativos perinatales a los padres de niños no nacidos con anomalías fetales.
- Consentimiento de los padres antes de que una menor obtenga un aborto
- Aviso a los padres de una menor que obtiene un aborto
- Límites de derivación judicial
- Denuncia obligatoria de sospechas de abuso
- Protecciones de refugio seguro (72 horas)
- Recursos de cuidados paliativos perinatales
Normas Básicas de Salud y Seguridad
Estas leyes hacen que las empresas de aborto alcancen los estándares de salud y seguridad de las instalaciones médicas. Los estados pueden limitar los procedimientos de aborto químico y quirúrgico a los médicos, exigir que el médico tenga una licencia estatal y exigir acuerdos de transferencia de emergencia o privilegios de admisión para el médico o el centro para proteger a una paciente si sufre complicaciones post-aborto.
- Estándares establecidos de salud y seguridad para empresas de aborto.
- Inspecciones regulatorias básicas para empresas de aborto
- Sólo los médicos pueden realizar abortos (todos los métodos)
- Médicos que deben tener licencia en el estado.
- Transferencia de emergencia/protecciones de pacientes con privilegios de admisión
- La licencia/credenciales del médico se divulgan a los pacientes.
Reconocimiento Legal de la Dignidad Humana de las Personas No Nacidas
Esta sección cubre las formas en que los estados reconocen la dignidad humana de los niños no nacidos. Los estados exigen cada vez más una disposición digna de los restos fetales, ya sea de un aborto o de un aborto espontáneo. La ley puede prever la expedición de un certificado de defunción fetal o de nacimiento de un feto. Los Estados también pueden proteger la dignidad de los niños no nacidos prohibiendo la experimentación fetal y prohibiendo la venta o transferencia de restos fetales humanos.
- Se requiere disposición digna de restos fetales
- Los padres podrán solicitar disposición digna
- Certificado de defunción fetal o mortinato humano expedido para reconocer la vida de personas humanas (20 semanas)
- Prohibida la venta o traslado de restos fetales humanos
- Prohibida la experimentación fetal
Homicidio fetal y muerte/vida por negligencia
Las leyes sobre homicidio fetal establecen sanciones penales por la muerte de un feto. Las demandas por muerte por negligencia proporcionan una causa de acción civil por la muerte de un feto. Una prohibición de demandas por vida o nacimiento ilícitos afirma que ninguna vida es “no deseada”.
- Penalización del homicidio fetal
- Ley de homicidio fetal vigente desde el momento de la concepción
- Demandas por muerte injusta
- Prohibición de demandas por vida/nacimiento ilícito
Suicidio asistido y atención al paciente
Estas leyes protegen a los pacientes al final de su vida del suicidio asistido por un médico, una práctica que explota a los pacientes vulnerables, tiene poca supervisión gubernamental y socava la medicina moderna. La Ley de cuidados de soporte vital garantiza que los profesionales de la salud no puedan anular la decisión de un paciente menor o de su sustituto de obtener o continuar con cuidados de soporte vital. Los estados con leyes de no discriminación de pacientes protegen a los pacientes de la discriminación por edad o discapacidad.
- Prohibición del suicidio asistido
- Ley de cuidados de soporte vital
- No discriminación del paciente por motivos de edad o discapacidad.
Bioética, clonación humana e investigación con embriones
A medida que la tecnología médica evoluciona, los estados promulgan cada vez más políticas bioéticas provida para reafirmar la dignidad humana y prohibir la clonación. Estas leyes también exigen prácticas médicas éticas, prohíben la investigación destructiva con embriones y regulan la tecnología de reproducción asistida.
- Prohíbe la clonación humana
- Prohíbe la financiación de los contribuyentes para la clonación humana
- Prohíbe la investigación destructiva con embriones
- Fomenta alternativas éticas a la investigación con embriones
- Requiere consentimiento informado para tecnologías de reproducción asistida
- Regula la recolección de huevos.
Atención sanitaria Libertad de conciencia
Estas leyes protegen la libertad de conciencia de los profesionales de la salud, las instituciones y los farmacéuticos contra la participación forzada en el suicidio asistido y el aborto. Los Estados también salvaguardan los derechos de conciencia de los profesionales e instituciones de la salud contra investigaciones médicas poco éticas.
- Individuos protegidos contra la participación en el aborto
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el aborto
- Farmacéuticos protegidos contra la participación en el aborto
- Individuos protegidos contra la participación en investigaciones poco éticas
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en investigaciones poco éticas
- Individuos protegidos contra la participación en el suicidio asistido
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el suicidio asistido
- Farmacéuticos protegidos contra la participación en el suicidio asistido

Rastreador de legislación provida de Michigan
Foco inseguro
Solicitud de registros públicos de AUL al Departamento de Licencias y Asuntos Regulatorios (LARA) de Michigan en virtud de la Ley de Libertad de Información de Michigan, MCLS § 15.231 y siguientes., arrojó docenas de informes de inspección que involucraban a varios médicos con quejas, demandas y acciones disciplinarias de la junta médica. También se han documentado numerosas llamadas al 911 y traslados de emergencia a los departamentos de emergencia de los hospitales. Las clínicas fracasaron consistentemente en esterilizar los instrumentos, asegurar y registrar los medicamentos y capacitar al personal.
Las conclusiones de una demanda contra los proveedores de servicios de aborto de Michigan por lesiones infligidas durante un aborto en el segundo trimestre ilustran las constantes fallas de estas instalaciones. Una paciente acusó a los abortistas Dr. Sharpe y Dr. Kalo de no informarle qué esperar y los riesgos involucrados con un aborto en el segundo trimestre. Los investigadores descubrieron que en la mañana del procedimiento, la paciente y su esposo no recibieron asesoramiento ni discutieron el consentimiento informado. No había ninguna enfermera registrada (RN) presente el día del procedimiento y no se tomaron signos vitales durante el procedimiento. No se encontró documentación de los medicamentos administrados al paciente, incluido el registro intravenoso, el tiempo o la vía de administración, ni tampoco se encontró documentación de que se monitorearan los signos vitales. Cuando llegaron los servicios de emergencia, el paciente estaba en la mesa de tratamiento con un pañal de adulto puesto y había sangre en el piso de tratamiento. La paciente alegó que la acompañaron escaleras abajo hasta la salida trasera, pero no se pudo comprobar cómo salió del edificio. El médico de urgencias informó que el paciente estaba pálido, taquicárdico e hipotenso al llegar, y tenía una hemorragia interna importante. Reparó un útero perforado y extrajo un cráneo fetal retenido. Se descubrió que el Dr. Sharpe había realizado otro aborto de segundo término sin la presencia de una enfermera registrada el 17 de junio de 2014. Según los inspectores, no se ha implementado ningún programa de revisión de calidad desde este evento.
NÚMERO DE INFORMES: 78
RANGO DE FECHAS: 2012-2019