Después Corzo, Connecticut permite el aborto hasta su viabilidad con amplias excepciones. Connecticut tiene sólo tres centros de aborto, pero permite el “aborto telemático” mediante visitas virtuales. En 2021, la Asamblea General promulgó una ley Dirigido a centros de embarazo.. Sin embargo, a pesar de las continuas amenazas del gobierno estatal, 20 centros de embarazo continúan atendiendo a mujeres en todo Connecticut. 

La Asamblea General de Connecticut tiene mayorías a favor del aborto en ambas cámaras. Connecticut mantiene un “derecho” legal al aborto, afirmando que la “decisión de interrumpir un embarazo antes de su viabilidad. . . será únicamente la del paciente en consulta con el médico del paciente o . . . enfermera registrada de práctica avanzada, enfermera partera o asistente médico”. En 2022 y 2023, los legisladores de Connecticut también promulgaron leyes para proteger a los médicos abortistas de la responsabilidad si infringen la ley en otro estado o si son demandados por negligencia.  

En Connecticut, un comité de selección judicial proporciona una lista de candidatos al gobernador, quien selecciona de la lista y envía sus selecciones al comité judicial de la asamblea general para su confirmación. En 2023, un demandante provida resolvió una demanda que impugnaba una ley estatal que penalizaba a los centros de embarazo provida por declaraciones “engañosas”. Durante el transcurso de litigio, el fiscal general reveló que no tenía conocimiento de que ninguna mujer hubiera sido engañada por los centros de embarazo provida y, por lo tanto, no tenía base para hacer cumplir la ley. El gobernador Ned Lamont es un político pro-aborto que ha recibido el respaldo de NARAL y Planned Parenthood. Después Dobbs, el gobernador Lamont juró que “Mientras sea gobernador, los derechos reproductivos estarán protegidos en Connecticut y haré todo lo que esté en mi poder para impedir que se aprueben leyes que restrinjan esos derechos”. En 2023, el gobernador Lamont promulgó un proyecto de ley que exige que las universidades públicas desarrollen un plan para brindar servicios de aborto a los estudiantes en el campus.

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Datos breves sobre el aborto en Connecticut

  • El aborto es legal en Connecticut.
  • Connecticut prohíbe el aborto después de la viabilidad, pero tiene excepciones para permitir abortos tardíos durante el tercer trimestre en casos de peligro para la vida o salud física gravemente comprometida.
  • Las píldoras abortivas químicas podrían estar más estrictamente reguladas en Connecticut y pueden recetarse mediante telemedicina.

Las leyes provida de Connecticut en todo el espectro

Americans United for Life promueve el derecho humano a la vida en todo el espectro de cuestiones que enfrenta la dignidad de la persona humana. El análisis integral de AUL de las leyes estatales de Connecticut sobre la vida humana abarca todo el espectro de cuestiones de la vida, desde el aborto hasta las protecciones de salud y seguridad, el consentimiento informado del paciente, los derechos de conciencia y la bioética.

Clave de las leyes provida de Connecticut

  • Sí, Connecticut tiene esta ley y se puede hacer cumplir.
  • Connecticut cuenta con esta ley, pero actualmente no está en vigor debido a litigios.
  • No, Connecticut no cuenta con esa ley.
  • No aplicable
  • Estar determinado

Enmiendas constitucionales y estatutos estatales

Americans United for Life cubre amplias leyes provida en esta sección. Esto incluye tanto enmiendas constitucionales estatales como estatutos estatales diseñados para proteger la vida humana no nacida. FOCA/RHA (o Leyes de Libertad de Elección/Leyes de Salud Reproductiva) son leyes diseñadas para consagrar y expandir el aborto y los negocios de aborto.

  • Enmienda constitucional que prohíbe el derecho al aborto
  • Enmienda constitucional que impide la financiación estatal del aborto
  • Ley condicional que prohíbe el aborto cuando se anula Roe
  • Prohibición del aborto anterior a Roe que entrará en vigor cuando se revoque Roe
  • FOCA/RHA, codificando el derecho al aborto en la ley estatal

Protecciones gestacionales y procesales madre-hijo

Los Estados pueden proteger tanto a la madre como al niño limitando el aborto según la edad gestacional o prohibiendo métodos de aborto espantosos. Esta categoría también incluye requisitos de atención vital para un niño nacido vivo después de un aborto, y requisitos de salud y seguridad para una mujer que se somete a un aborto químico.

  • Protecciones gestacionales por edad/semana para niños no nacidos
  • Atención médica básica para niños nacidos vivos durante intentos de aborto
  • Prohibición del aborto por nacimiento parcial (D&X)
  • Prohibición del aborto por desmembramiento (D&E)
  • Prohibición del aborto por telemedicina
  • Seguimiento programado con paciente por complicaciones de pastillas abortivas

Protecciones contra la discriminación prenatal (PRENDA)

Cada vez más estados promulgan leyes para proteger a los fetos de abortos eugenésicos por motivos de género, discapacidad o raza. Algunos estados brindan recursos que reafirman la vida de las familias que reciben un diagnóstico de una posible anomalía genética como el síndrome de Down, para que sepan que recibirán apoyo.

  • Protección contra la discriminación por razón de género
  • Protección contra la discriminación por diagnóstico prenatal
  • Protección contra la discriminación por motivos de raza
  • Recursos que afirman la vida proporcionados por el estado para padres y familias

Leyes de consentimiento informado

Muchos estados exigen que la mujer dé su consentimiento informado para un aborto, lo que mantiene el aborto en un estándar similar al de otros procedimientos médicos. Estas protecciones incluyen la divulgación de la naturaleza y los riesgos de un procedimiento de aborto, la realización de una ecografía para fechar el embarazo y permitir que la mujer conozca a su hijo no nacido si así lo desea, y el tiempo para que la mujer reflexione sobre esta grave decisión.

  • Consentimiento informado básico para madres en materia de aborto
  • Firma del paciente o confirmación escrita del consentimiento informado del proveedor.
  • El paciente recibe información/sitio web de consentimiento informado patrocinado por el estado.
  • Periodo de reflexión (48 horas) protegiendo el discernimiento y la elección de la madre
  • Se requiere una ecografía para darle a la madre la oportunidad de conocer a su hijo
  • Información sobre los riesgos del procedimiento de aborto.
  • Información sobre la posibilidad de atención de reversión de la píldora abortiva

Informes sobre abortos en datos de salud pública

Los requisitos de presentación de informes garantizan que el gobierno y el público tengan una visión integral del aborto en el estado al tomar decisiones importantes de política pública. Estos datos incluyen información básica sobre casos de aborto, la edad gestacional del feto abortado, datos demográficos, tipo de procedimiento y complicaciones.

  • Informes básicos sobre casos de aborto
  • Los informes sobre abortos incluyen datos sobre la edad gestacional
  • Los informes sobre abortos incluyen información demográfica
  • Los informes de aborto incluyen el tipo de procedimiento.
  • Informe de complicaciones
  • Los datos anonimizados/agregados se ponen a disposición del público.
  • Los datos anonimizados/agregados se envían a los CDC.

Derechos de los padres y protección de los menores

Los estados protegen a una menor que está considerando abortar al involucrar a sus padres en su decisión que cambiará su vida, pero también brindan pautas para evitar judicialmente la participación de los padres cuando sea necesario. Otras leyes incluidas en esta sección son las leyes de refugio seguro que crean un camino seguro para entregar a un bebé y prevenir el abandono infantil, y la difusión de información sobre cuidados paliativos perinatales a los padres de niños no nacidos con anomalías fetales.

 

  • Consentimiento de los padres antes de que una menor obtenga un aborto
  • Aviso a los padres de una menor que obtiene un aborto
  • Límites de derivación judicial
  • Denuncia obligatoria de sospechas de abuso
  • Protecciones de refugio seguro (30 días)
  • Recursos de cuidados paliativos perinatales

Normas Básicas de Salud y Seguridad

Estas leyes hacen que las empresas de aborto alcancen los estándares de salud y seguridad de las instalaciones médicas. Los estados pueden limitar los procedimientos de aborto químico y quirúrgico a los médicos, exigir que el médico tenga una licencia estatal y exigir acuerdos de transferencia de emergencia o privilegios de admisión para el médico o el centro para proteger a una paciente si sufre complicaciones post-aborto.

 

  • Estándares establecidos de salud y seguridad para empresas de aborto.
  • Inspecciones regulatorias básicas para empresas de aborto
  • Sólo los médicos pueden realizar abortos (todos los métodos)
  • Médicos que deben tener licencia en el estado.
  • Transferencia de emergencia/protecciones de pacientes con privilegios de admisión
  • La licencia/credenciales del médico se divulgan a los pacientes.

Reconocimiento Legal de la Dignidad Humana de las Personas No Nacidas

Esta sección cubre las formas en que los estados reconocen la dignidad humana de los niños no nacidos. Los estados exigen cada vez más una disposición digna de los restos fetales, ya sea de un aborto o de un aborto espontáneo. La ley puede prever la expedición de un certificado de defunción fetal o de nacimiento de un feto. Los Estados también pueden proteger la dignidad de los niños no nacidos prohibiendo la experimentación fetal y prohibiendo la venta o transferencia de restos fetales humanos.

 

  • Se requiere disposición digna de restos fetales
  • Los padres podrán solicitar disposición digna
  • Certificado de defunción fetal o mortinato humano expedido para reconocer la vida de personas humanas (20 semanas)
  • Prohibida la venta o traslado de restos fetales humanos
  • Prohibida la experimentación fetal

Homicidio fetal y muerte/vida por negligencia

Las leyes sobre homicidio fetal establecen sanciones penales por la muerte de un feto. Las demandas por muerte por negligencia proporcionan una causa de acción civil por la muerte de un feto. Una prohibición de demandas por vida o nacimiento ilícitos afirma que ninguna vida es “no deseada”.

 

  • Penalización del homicidio fetal
  • Ley de homicidio fetal vigente desde el momento de la concepción
  • Demandas por muerte injusta
  • Prohibición de demandas por vida/nacimiento ilícito

Suicidio asistido y atención al paciente

Estas leyes protegen a los pacientes al final de su vida del suicidio asistido por un médico, una práctica que explota a los pacientes vulnerables, tiene poca supervisión gubernamental y socava la medicina moderna. La Ley de cuidados de soporte vital garantiza que los profesionales de la salud no puedan anular la decisión de un paciente menor o de su sustituto de obtener o continuar con cuidados de soporte vital. Los estados con leyes de no discriminación de pacientes protegen a los pacientes de la discriminación por edad o discapacidad.

 

  • Prohibición del suicidio asistido
  • Ley de cuidados de soporte vital
  • No discriminación del paciente por motivos de edad o discapacidad.

Bioética, clonación humana e investigación con embriones

A medida que la tecnología médica evoluciona, los estados promulgan cada vez más políticas bioéticas provida para reafirmar la dignidad humana y prohibir la clonación. Estas leyes también exigen prácticas médicas éticas, prohíben la investigación destructiva con embriones y regulan la tecnología de reproducción asistida.

 

  • Prohíbe la clonación humana
  • Prohíbe la financiación de los contribuyentes para la clonación humana
  • Prohíbe la investigación destructiva con embriones
  • Fomenta alternativas éticas a la investigación con embriones
  • Requiere consentimiento informado para tecnologías de reproducción asistida
  • Regula la recolección de huevos.

Atención sanitaria Libertad de conciencia

Estas leyes protegen la libertad de conciencia de los profesionales de la salud, las instituciones y los farmacéuticos contra la participación forzada en el suicidio asistido y el aborto. Los Estados también salvaguardan los derechos de conciencia de los profesionales e instituciones de la salud contra investigaciones médicas poco éticas.

 

  • Individuos protegidos contra la participación en el aborto
  • Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el aborto
  • Farmacéuticos protegidos contra la participación en el aborto
  • Individuos protegidos contra la participación en investigaciones poco éticas
  • Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en investigaciones poco éticas
  • Individuos protegidos contra la participación en el suicidio asistido
  • Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el suicidio asistido
  • Farmacéuticos protegidos contra la participación en el suicidio asistido

Iniciativa de inspección del aborto de Connecticut

AUL presentó una solicitud de registros públicos ante el Departamento de Salud Pública de Connecticut en virtud de la Ley de Libertad de Información de Connecticut, Connecticut Gen. Stats. § 1-200 y siguientes.y recibió casi tres docenas de informes de inspección. Las empresas de aborto deben cumplir con las regulaciones del departamento para clínicas ambulatorias; Se llevan a cabo inspecciones para los nuevos solicitantes de licencias, una vez cada tres años para las empresas de aborto existentes y tras la recepción de una queja. Varias clínicas de abortos han sido citadas por no garantizar que el personal estuviera debidamente capacitado. Las citaciones también incluyeron una serie de violaciones de desinfección, como ropa sucia en el área de cuidados postanestésicos, “numerosos instrumentos quirúrgicos empaquetados para su uso que estaban muy picados, manchados de óxido o con decoloraciones”, violaciones de higiene de manos, no usar adecuadamente las máquinas de desinfección. , y otros. La empresa de abortos Hartford GYN fue citada por fallas relacionadas con una paciente que se sometió a un aborto de dos días, que tuvo que regresar al quirófano dos veces “debido a un aumento del sangrado con coágulos grandes” y finalmente fue trasladada al departamento de emergencias.

NÚMERO DE INFORMES: 35 
RANGO DE FECHAS: 2014-2019