California es uno de los más firmes defensores entre los estados del extremismo abortista. California fue uno de los primeros estados en legalizar el aborto antes Corzo, y lo ha codificado en la constitución y los estatutos estatales muchas veces desde entonces. California cuenta con más de 170 centros de aborto y permite el "aborto a demanda" mediante consultas virtuales. A partir de 2024, la ley californiana exige que las universidades públicas almacenen y distribuyan píldoras abortivas químicas en sus clínicas de salud. California también permite que profesionales no médicos realicen abortos, y la Corte Suprema de California ha ordenado que MediCal cubra todos los abortos como "médicamente necesarios", lo que significa que los contribuyentes californianos se ven obligados a pagar por los abortos electivos. Los casi 180 centros de recursos para el embarazo que atienden a mujeres en todo el estado luchan contra este ambiente proaborto. El estado también autorizó el suicidio asistido en 2016, lo que permite a los médicos recetar medicamentos a las pacientes para causar una sobredosis letal y poner fin a sus vidas.
La legislatura estatal de California funciona durante todo el año en sesiones bienales. Ambas cámaras están compuestas por una gran mayoría de legisladores proaborto, quienes colaboran con el gobernador Gavin Newsom y activistas proaborto en el "Consejo para el Futuro del Aborto en California".
Los jueces de California son nombrados por el gobernador, confirmados por la Comisión de Nombramientos Judiciales y confirmados en la boleta electoral durante las siguientes elecciones generales. Hay varios casos en curso en los tribunales de California, incluyendo demandas que buscan obligar a los hospitales católicos a realizar abortos de emergencia y una demanda contra grupos que revierten la píldora abortiva.
El gobernador Newsom se considera un defensor del aborto. Recientemente firmó una legislación que obliga a los planes de seguro a cubrir todos los costos relacionados con el aborto y, en respuesta a Dobbs, firmó una legislación para proteger a los californianos de la “responsabilidad civil por brindar, ayudar o recibir atención de aborto en el estado”. En California hay más embarazos que terminan en aborto que en cualquier otro estado, pero California no recopila ni publica ningún dato sobre complicaciones o resultados. California inspecciona ocasionalmente los negocios de abortos, pero los exime de muchas normas del código de construcción.
Después de las elecciones de mitad de período de 2022, el gobernador Newsom mantuvo su cargo de gobernador. El Fiscal General Rob Bonta completará un segundo mandato.
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Datos breves sobre el aborto en California
- El aborto es legal en California.
- California limita los abortos después de la viabilidad (generalmente entre 24 y 26 semanas) con algunas excepciones.
- Las píldoras abortivas químicas necesitan una regulación más estricta en California y pueden recetarse mediante telemedicina.

Las leyes provida de California en todo el espectro
Americans United for Life promueve el derecho humano a la vida en todo el espectro de cuestiones que enfrenta la dignidad de la persona humana. El análisis integral de AUL de las leyes estatales de California sobre la vida humana abarca todo el espectro de cuestiones de la vida, desde el aborto hasta las protecciones de salud y seguridad, el consentimiento informado del paciente, los derechos de conciencia y la bioética.
Clave de las leyes provida de California
- Sí, California tiene esta ley y se puede hacer cumplir.
- California cuenta con esta ley, pero actualmente no está en vigor debido a litigios.
- No, California no cuenta con esa ley.
- No aplicable
- Estar determinado
Enmiendas constitucionales y estatutos estatales
Americans United for Life cubre amplias leyes provida en esta sección. Esto incluye tanto enmiendas constitucionales estatales como estatutos estatales diseñados para proteger la vida humana no nacida. FOCA/RHA (o Leyes de Libertad de Elección/Leyes de Salud Reproductiva) son leyes diseñadas para consagrar y expandir el aborto y los negocios de aborto.
- Enmienda constitucional que prohíbe el derecho al aborto
- Enmienda constitucional que impide la financiación estatal del aborto
- Ley condicional que prohíbe el aborto cuando se anula Roe
- Prohibición del aborto anterior a Roe que entrará en vigor cuando se revoque Roe
- FOCA/RHA, codificando el derecho al aborto en la ley estatal
Protecciones gestacionales y procesales madre-hijo
Los Estados pueden proteger tanto a la madre como al niño limitando el aborto según la edad gestacional o prohibiendo métodos de aborto espantosos. Esta categoría también incluye requisitos de atención vital para un niño nacido vivo después de un aborto, y requisitos de salud y seguridad para una mujer que se somete a un aborto químico.
- Protecciones gestacionales por edad/semana para niños no nacidos
- Atención médica básica para niños nacidos vivos durante intentos de aborto
- Prohibición del aborto por nacimiento parcial (D&X)
- Prohibición del aborto por desmembramiento (D&E)
- Prohibición del aborto por telemedicina
- Seguimiento programado con paciente por complicaciones de pastillas abortivas
Protecciones contra la discriminación prenatal (PRENDA)
Cada vez más estados promulgan leyes para proteger a los fetos de abortos eugenésicos por motivos de género, discapacidad o raza. Algunos estados brindan recursos que reafirman la vida de las familias que reciben un diagnóstico de una posible anomalía genética como el síndrome de Down, para que sepan que recibirán apoyo.
- Protección contra la discriminación por razón de género
- Protección contra la discriminación por diagnóstico prenatal
- Protección contra la discriminación por motivos de raza
- Recursos que afirman la vida proporcionados por el estado para padres y familias
Leyes de consentimiento informado
Muchos estados exigen que la mujer dé su consentimiento informado para un aborto, lo que mantiene el aborto en un estándar similar al de otros procedimientos médicos. Estas protecciones incluyen la divulgación de la naturaleza y los riesgos de un procedimiento de aborto, la realización de una ecografía para fechar el embarazo y permitir que la mujer conozca a su hijo no nacido si así lo desea, y el tiempo para que la mujer reflexione sobre esta grave decisión.
- Consentimiento informado básico para madres en materia de aborto
- Firma del paciente o confirmación escrita del consentimiento informado del proveedor.
- El paciente recibe información/sitio web de consentimiento informado patrocinado por el estado.
- Periodo de reflexión (48 horas) protegiendo el discernimiento y la elección de la madre
- Se requiere una ecografía para darle a la madre la oportunidad de conocer a su hijo
- Información sobre los riesgos del procedimiento de aborto.
- Información sobre la posibilidad de atención de reversión de la píldora abortiva
Informes sobre abortos en datos de salud pública
Los requisitos de presentación de informes garantizan que el gobierno y el público tengan una visión integral del aborto en el estado al tomar decisiones importantes de política pública. Estos datos incluyen información básica sobre casos de aborto, la edad gestacional del feto abortado, datos demográficos, tipo de procedimiento y complicaciones.
- Informes básicos sobre casos de aborto
- Los informes sobre abortos incluyen datos sobre la edad gestacional
- Los informes sobre abortos incluyen información demográfica
- Los informes de aborto incluyen el tipo de procedimiento.
- Informe de complicaciones
- Los datos anonimizados/agregados se ponen a disposición del público.
- Los datos anonimizados/agregados se envían a los CDC.
Derechos de los padres y protección de los menores
Los estados protegen a una menor que está considerando abortar al involucrar a sus padres en su decisión que cambiará su vida, pero también brindan pautas para evitar judicialmente la participación de los padres cuando sea necesario. Otras leyes incluidas en esta sección son las leyes de refugio seguro que crean un camino seguro para entregar a un bebé y prevenir el abandono infantil, y la difusión de información sobre cuidados paliativos perinatales a los padres de niños no nacidos con anomalías fetales.
- Consentimiento de los padres antes de que una menor obtenga un aborto
- Aviso a los padres de una menor que obtiene un aborto
- Límites de derivación judicial
- Denuncia obligatoria de sospechas de abuso
- Protecciones de refugio seguro (72 horas)
- Recursos de cuidados paliativos perinatales
Normas Básicas de Salud y Seguridad
Estas leyes hacen que las empresas de aborto alcancen los estándares de salud y seguridad de las instalaciones médicas. Los estados pueden limitar los procedimientos de aborto químico y quirúrgico a los médicos, exigir que el médico tenga una licencia estatal y exigir acuerdos de transferencia de emergencia o privilegios de admisión para el médico o el centro para proteger a una paciente si sufre complicaciones post-aborto.
- Estándares establecidos de salud y seguridad para empresas de aborto.
- Inspecciones regulatorias básicas para empresas de aborto
- Sólo los médicos pueden realizar abortos (todos los métodos)
- Médicos que deben tener licencia en el estado.
- Transferencia de emergencia/protecciones de pacientes con privilegios de admisión
- La licencia/credenciales del médico se divulgan a los pacientes.
Reconocimiento Legal de la Dignidad Humana de las Personas No Nacidas
Esta sección cubre las formas en que los estados reconocen la dignidad humana de los niños no nacidos. Los estados exigen cada vez más una disposición digna de los restos fetales, ya sea de un aborto o de un aborto espontáneo. La ley puede prever la expedición de un certificado de defunción fetal o de nacimiento de un feto. Los Estados también pueden proteger la dignidad de los niños no nacidos prohibiendo la experimentación fetal y prohibiendo la venta o transferencia de restos fetales humanos.
- Se requiere disposición digna de restos fetales
- Los padres podrán solicitar disposición digna
- Certificado de defunción fetal o mortinato humano expedido para reconocer la vida de personas humanas (20 semanas)
- Prohibida la venta o traslado de restos fetales humanos
- Prohibida la experimentación fetal
Homicidio fetal y muerte/vida por negligencia
Las leyes sobre homicidio fetal establecen sanciones penales por la muerte de un feto. Las demandas por muerte por negligencia proporcionan una causa de acción civil por la muerte de un feto. Una prohibición de demandas por vida o nacimiento ilícitos afirma que ninguna vida es “no deseada”.
- Penalización del homicidio fetal
- Ley de homicidio fetal vigente desde el momento de la concepción
- Demandas por muerte injusta
- Prohibición de demandas por vida/nacimiento ilícito
Suicidio asistido y atención al paciente
Estas leyes protegen a los pacientes al final de su vida del suicidio asistido por un médico, una práctica que explota a los pacientes vulnerables, tiene poca supervisión gubernamental y socava la medicina moderna. La Ley de cuidados de soporte vital garantiza que los profesionales de la salud no puedan anular la decisión de un paciente menor o de su sustituto de obtener o continuar con cuidados de soporte vital. Los estados con leyes de no discriminación de pacientes protegen a los pacientes de la discriminación por edad o discapacidad.
- Prohibición del suicidio asistido
- Ley de cuidados de soporte vital
- No discriminación del paciente por motivos de edad o discapacidad.
Bioética, clonación humana e investigación con embriones
A medida que la tecnología médica evoluciona, los estados promulgan cada vez más políticas bioéticas provida para reafirmar la dignidad humana y prohibir la clonación. Estas leyes también exigen prácticas médicas éticas, prohíben la investigación destructiva con embriones y regulan la tecnología de reproducción asistida.
- Prohíbe la clonación humana
- Prohíbe la financiación de los contribuyentes para la clonación humana
- Prohíbe la investigación destructiva con embriones
- Fomenta alternativas éticas a la investigación con embriones
- Requiere consentimiento informado para tecnologías de reproducción asistida
- Regula la recolección de huevos.
Atención sanitaria Libertad de conciencia
Estas leyes protegen la libertad de conciencia de los profesionales de la salud, las instituciones y los farmacéuticos contra la participación forzada en el suicidio asistido y el aborto. Los Estados también salvaguardan los derechos de conciencia de los profesionales e instituciones de la salud contra investigaciones médicas poco éticas.
- Individuos protegidos contra la participación en el aborto
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el aborto
- Farmacéuticos protegidos contra la participación en el aborto
- Individuos protegidos contra la participación en investigaciones poco éticas
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en investigaciones poco éticas
- Individuos protegidos contra la participación en el suicidio asistido
- Instituciones públicas/privadas protegidas contra la participación en el suicidio asistido
- Farmacéuticos protegidos contra la participación en el suicidio asistido

Rastreador de legislación provida de California
Iniciativa de inspección del aborto de California
AUL presentó una solicitud de registros públicos al Departamento de Salud Pública de California (CDPH) de conformidad con la Ley de Registros Públicos de California, Cal. Código de Gobierno § 6250 y siguientes. La respuesta de California fue escasa. Las autoridades del departamento dijeron al personal de AUL que “[a] partir del 15 de octubre de 2019, hay 24 clínicas de salud que ofrecen servicios de aborto actualmente en funcionamiento en California”. Según los funcionarios, las autoridades estatales han recibido “186 quejas y reportes de incidentes de entidades asociados con 202 acusaciones de 23 clínicas de servicios de aborto”. Además, CDPH realizó 91 encuestas a 21 proveedores de servicios de aborto. CDPH citó 53 violaciones asociadas con 38 encuestas de 15 clínicas de salud relacionadas con servicios de aborto. De los informes que realmente recibió AUL, muchos fueron respuestas a quejas y se limitaron a investigar la queja en cuestión. La mayoría de las denuncias fundamentadas implicaban violaciones de la privacidad de los pacientes. En un incidente que involucró a una paciente que dijo que sentía un “coágulo de sangre del tamaño de una pelota de béisbol” en el cuello uterino, un “especialista en salud reproductiva” sin licencia que solo tenía un diploma de escuela secundaria realizó la ecografía transvaginal de la paciente. El director, el subdirector y la enfermera practicante de la empresa de abortos afirmaron que estaban siguiendo los protocolos de una “organización nacional” y dijeron que pensaban que un especialista en salud reproductiva podría realizar ecografías transvaginales si el personal de la clínica los capacitara para hacerlo. Pero la Junta Médica de California les notificó que “realizar una ecografía vaginal está fuera del alcance de un asistente médico. Este es un procedimiento invasivo y no está autorizado según los estatutos y reglamentos aplicables a los asistentes médicos”.
NÚMERO DE INFORMES: 51
RANGO DE FECHAS: 2012-2019