Estadounidenses Unidos por la Vida presentó un comentario en oposición a la regla propuesta de la Sección 1557 de la Ley de Atención Médica Asequible el 3 de octubre de 2022. Entre otras disposiciones, el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. (HHS) busca proteger el aborto como una “condición relacionada con el embarazo” según su definición de “sexo discriminación” e insertar su mandato de aborto fabricado por la Ley de Trabajo y Tratamiento Médico de Emergencia (EMTALA) en la Regla Final. Como sostiene nuestro comentario, el HHS no tiene la autoridad legal para realizar estos cambios. 

Siguiendo Dobbs v. Jackson Women's Health Organization, El aborto no está protegido por la ley federal. En consecuencia, el HHS no tiene autoridad para promulgar reglas en apoyo de la violencia en el aborto. Dobbs Devolvió la cuestión del aborto al proceso democrático, no a los funcionarios no electos del HHS que no tienen autorización del Congreso para establecer una política nacional de aborto, recuerda AUL al HHS. 

La política federal es una política provida. El Congreso ha aprobado leyes para proteger a los bebés nacidos vivos después de un aborto fallido, prohibir los espantosos abortos por nacimiento parcial, prohibir el envío por correo de medicamentos que inducen el aborto, salvaguardar las objeciones de conciencia hacia el aborto y restringir la financiación pública del aborto electivo. El HHS no tiene poder para socavar la postura política provida del Congreso. 

El HHS tampoco puede argumentar que EMTALA exige que los estados provida permitan el aborto. El Congreso promulgó EMTALA para abordar el abandono de pacientes, de modo que los pacientes pudieran recibir exámenes y atención médica independientemente de su capacidad para pagar los servicios médicos. El estatuto exige que los departamentos de emergencia de los hospitales estabilicen o transfieran adecuadamente a los pacientes con afecciones médicas de emergencia, incluida la “laboral”, como lo refleja el título de la ley. EMTALA no dice nada sobre el aborto. De hecho, EMTALA considera al feto un paciente por derecho propio y protege explícitamente la salud del feto. El HHS no tiene autoridad para actuar en contra del texto y la intención de EMTALA, ni ignorar el litigio que ha impedido que el HHS haga cumplir el mandato de aborto de EMTALA en Estado de Texas contra Becerra

“La regla propuesta de la Sección 1557 es parte de una larga serie de medidas contra la vida que la Administración Biden ha tomado en los últimos meses”, explica Carolyn McDonnell, asesora de litigios de AUL. “El aborto no está protegido por la ley federal, por lo que las agencias federales no tienen el poder de adelantarse a los estatutos de abolición del aborto en los estados provida. Más bien, la política federal es provida y limita los daños del aborto. El HHS no tiene autoridad para socavar la política provida del Congreso que protege a las madres, los niños no nacidos y las familias de la violencia del aborto”. 

“La Ley de Trabajo y Tratamiento Médico de Emergencia (EMTALA) se aprobó para proteger a las madres embarazadas de bajos ingresos, sin seguro y/o sin hogar. Durante casi 40 años, esta ley ha salvado un número incalculable de vidas”, explica Jesse Southerland, Director de Política Federal de AUL. “Esta norma propuesta explota una ley estrictamente provida que fue aprobada por una abrumadora mayoría bipartidista y busca politizar estas protecciones tan necesarias para los estadounidenses vulnerables”.